Sobre el Matrimonio Igualitario, 28 mayo 2020
La Corte Suprema de la hermana República de Costa Rica acaba de hacer oficial la admisión del matrimonio entre personas del mismo sexo. La acción se produce un año y medio después de Que la propia Corte Suprema declarara inconstitucional la prohibición de ese tipo de unión. Sin embargo, la aplicación de la decisión demoró por la inacción de los miembros del senado costarricense, quienes se negaron a ratificar el fallo por consideraciones de tipo político, temerosos de que su aprobación a la ley pondría en peligro su futuro como figuras políticas, o públicas.
En Panamá, hablar de matrimonio igualitario desata una gritería que, desafortunadamente, no se escucha como protesta contra la corrupción y mediocridad que infecta a nuestras instituciones, a nuestra sociedad. Hemos visto cómo las marchas contra la homosexualidad convocan a más personas que las que acuden a protestar por la ausencia de justicia en casos como el escándalo de Odebrecht, o por la demora de juicios contra funcionarios públicos acusados de sobornos, cohechos o lesiones al tesoro nacional.
Considero que la posición de negar el “matrimonio igualitario” es completamente desfasada. Negar esa posibilidad vulnera los derechos civiles de aquellos que desean formalizar su relación sentimental, para ejercer facultades que poseen como ciudadanos y como personas. Este no es un tema de moral personal o pública. Es sobre el derecho legal que todo ciudadano tiene, de verse protegido por la Constitución y a no ser considerado como de "segunda clase", independientemente de su sexo, religión, edad, preferencia política o musical.
Panamá está ubicada geográficamente entre Costa Rica y Colombia, naciones que han incorporado a sus respectivas legislaciones la figura jurídica del "matrimonio igualitario". No son las únicas en Latinoamérica. México, que ha sido incluso caricaturizado por el exagerado énfasis en su proyección de masculinidad, también reconoce la validez legal de la figura del “matrimonio igualitario”. Estados Unidos, modelo económico y de organización social para muchas de las personas que en Panamá se oponen al reconocimiento, proclamó el 26 de Junio del 2015, a través de un fallo de su Corte Suprema, que la Enmienda 14 de su Constitución reconoce el derecho al "matrimonio igualitario" y ordenó su aplicación en todos los estados de la union americana. En mi opinión, no se trata de legislar sobre el amor entre adultos, sino del argumento a favor de la normalización y aplicación de consecuencias legales, desde la posibilidad de testar, hasta la de eliminar la existencia de discrímines que resultan perjudiciales a los intereses sociales y humanos de las personas
Uno de los argumentos para negar el "matrimonio igualitario", esgrimido como una mantra por muchos, es afirmar que Dios ordenó el matrimonio para multiplicar la especie y que personas del mismo sexo, al carecer de tal posibilidad, resultan una aberración divina y por lo tanto esas uniones no pueden ser permitidas. Cuando les pregunto si creen que a personas de distintos sexos, con más de 60 años de edad, se les debe prohibir el matrimonio porque ya no pueden procrear, no encuentran cómo responder coherentemente.
El matrimonio, aparte de ser una construcción legal que busca regular y ordenar relaciones civiles entre personas, también posee un componente emocional: el amor. Independientemente de lo que cada uno de nosotros piense sobre la homosexualidad, resulta innegable como realidad social, el que hay millones de almas en todo el mundo que aman a personas de su mismo sexo. Y eso ha ocurrido en todas las eras históricas de la humanidad. Si dos personas adultas desean formalizar su relación, sino ante los ojos de Dios, ante los de un Estado de derecho, entonces estarán en su derecho y ninguno prejuicio humano puede superar lo que la ley reconoce como propio.
Por otro lado, no todo el mundo cree en un mismo Dios, y eso también está protegido por la Constitución, el derecho a practicar la fe en la deidad que quiera. La controversia surge de prejuicios morales y religiosos y de ignorancias que, paradójicamente, se consideran superiores a todo lo que les rodea.
La otra parte de la discusión parece enfocarse en la palabra "matrimonio". Unos insisten que solo debe aplicarse a la ceremonia entre personas de distinto sexo y otros exigen que también sea utilizada para uniones entre personas de un mismo sexo. Mi posición es que como asunto legal y no moral, la palabra matrimonio debe ser utilizada para describir todo tipo de union civil consensuada entre adultos y así evitar distinciones que puedan conducir a discrímines sociales.
Creo que el "matrimonio igualitario" está protegido por nuestra Constitución y por lo tanto debe permitirse su existencia legal en la República de Panamá. Y si a usted no le parece bien, entonces no vaya a la boda, aunque probablemente tampoco seria invitado por su hostilidad al asunto. Cada cual mantendrá su opinión sobre el tema y ese es otro derecho constitucionalmente protegido, pero no odiemos por odiar; eso no cuenta con la protección de la ley, mucho menos la de Jesus.
Hay gente a la que no le gusta mi música y está en su derecho de no escucharla; pero no se justifica que me insulte o me miente la madre. No la escuche, eso es suficiente.
Felicito a Costa Rica, por haber superado prejuicios inútiles, indefendibles para las mentes racionales. Y es otro ejemplo "tico" digno de seguir, al igual que lo representa su reciente inclusión en el prestigioso grupo, OCDE
No me extrañaría que ahora, los que en Panamá nunca publican ni comentan lo que escribo, reproduzcan esta opinión, no necesariamente para adversarme sino para lucrar con el escándalo que, en estos tiempos de estupideces y racismos, produce cualquier argumento racional que intente hacer pensar a la inconsciencia.
De ser así, espero que la controversia de la que algunos buscaran sacar ventajas ayude a producir más atención y claridad sobre el asunto.
Rubén Blades
New York, 28 de Mayo, 2020